María, nacida el 1 de febrero de 1955, ingresó el 1 de abril de 1979 como funcionaria de carrera del Cuerpo General Administrativo de la Administración General del Estado, con destino en el departamento de personal docente de la Dlrecclón Provincial de Educación y Cultura en el Principado de Asturias.
Del 1 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 1995 estuvo en excedencia voluntaria por interés particular, sin desempeñar ningún tipo de trabajo retribuido.
El 1 de enero de 2000 fue transferida a la Administración del Principado de Asturias, pasando a prestar servicios en la Consejería de Educación y Cultura, y desempeñando las mismas funciones que realizaba hasta ese momento, y manteniendo la configuración del puesto.
Desde el 1 de junio de 2000 fue Diputada de la Junta General, cargo por el que percibió retribuciones de forma periódica. Solicitó el reingreso el 1 de junio de 2004, reincorporándose a su plaza el 1 de julio de 2004.
Con efectos de 1 de mayo de 2014 se le autorizó una comisión de servicios en el puesto de Jefa de Sección de Explotaciones Gunaderas, con nivel 22 y complemento específico C.
En este periodo, y por circunstancias familiares, debe desplazarse a Teruel, lugar de residencia de sus suegros, como consecuencia de la hospitalización de su suegro. Meses después, su padre padece una enfermedad muy grave, por lo que María solicita una reducción del cincuenta por ciento de su jornada, con el objeto de poder atenderle.
En 2016, María fue objeto de violencia de género y solicita a la Administración un traslado a otro puesto propio de su categoría. Tras su divorcio, María ha tomado la decisión de jubilarse anticipadamente el 28 de febrero de 2018. En ese momento, las cuantías mínlmas mensuales de la prestación por jubilación para la unidad familiar unipersonal son:
- Jubilación con 65 años: 637,70 €.
- Jubilación menor de 65 años: 596,50 €.
Margarita, la hermana de María, es personal temporal de la Administración del Principado de Asturias, con la categoría de Auxiliar Educador, desde el 20 de enero de 1997, puesto en el que cesa el 10 de enero de 1998. El 4 de marzo de 1999, tras haber aprobado la oposición, se incorpora como personal laboral fijo con la categoría de Auxiliar de Enfermería. Aprueba las oposiciones de Auxiliar Educador, también de personal laboral, y firma el contrato el 20 de enero de 2002, quedando en excedencia en la categoría dé Auxiliar de Enfermería. Cuando se convoca el concurso de traslados, publicado en el BOPA de 3 de mayo de 2004, Margarita participa solicitando puestos de las dos categorías, Auxiliar Educador y Auxiliar de Enfermería.
Por su parte Marta, la hija de María, que cursa estudios universitarios en Madrid, donde reside, ha presentado su solicitud en una convocatoria de la Consejería de Educación y Cultura del Principado de Asturias para fomentar el retorno de los jóvenes universitarios asturianos a nuestra comunidad autónoma, solicitud que se presentó en plazo pero a la que no se acompañó toda la documentación requerida por la convocatoria. Por ello, el órgano instructor la requiere para que subsane dicha falta de documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10 días. Dicho requerimiento de subsanación se remitió al domicilio facilitado a efectos de notificaciones por la hija de María, por correo certificado y con acuse de recibo, notificación que fue recibida tras acreditar su identidad por la compañera de piso de Marta, estudiante universitaria como ella, el 20 de abril de 2018.
No hay comentarios:
Publicar un comentario